|
I - Del concepto de colonización |
|
|
|
|
Artículo 1º.- A los
efectos de esta ley, por colonización se entiende el conjunto de
medidas a adoptarse de acuerdo con ella para promover una racional
subdivisión de la tierra y su adecuada explotación, procurando el
aumento y mejora de la producción agropecuaria y la radicación y
bienestar del trabajador rural.
|
|
Actualizado el ( lunes, 12 de septiembre de 2011 )
|