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Unidad: Departamento de Administración de Personal |
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UNIDAD: DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION
DE PERSONAL
RELACIONES:
Depende de: División Administración
de Recursos
FUNCIONES:
- Mantener
actualizada una base de datos de fun-cionarios que contenga todas las
informaciones relativas a los mismos, exceptuando las relativas a la liquidación
de haberes.
- Comunicar
al Departamento de Liquidaciones las altas y bajas que corresponda efectuar en
los haberes del personal.
- Supervisar
los sistemas de registro y control del personal, informando de acuerdo con lo
previsto en las normas respectivas.
- Realizar
los informes sobre licencias, horarios especiales, sanciones, etc., resolviendo
en el ámbito de su competencia o proponiendo la resolución a
adoptar.
- Centralizar
el plan anual de licencias de los funcionarios, para su
autorización.
- Efectuar
las notificaciones que correspondan, al personal.
- Informar
sobre el período de actividad de funcionarios o ex –funcionarios -a solicitud de éstos o de terceros- a
efectos de realizar gestiones ante otros Organismos.
- Verificar
la documentación relativa a beneficios sociales.
- Proporcionar
a la Oficina Nacional del Servicio Civil la información que requiera el Registro
Nacional de Funcionarios Públicos.
- Cumplir
con la tramitación exigida por el Banco de Previsión Social en los trámites
jubilatorios de funcionarios y ex - funcionarios del Ente.
- Realizar
los trámites correspondientes a efectos de que
-cuando cese un funcionario del I.N.C. con derecho y causal jubilatoria y
cumplidos que fueren los requisitos requeridos-, se abone al mismo, a partir del
cese, el anticipo pre-jubilatorio, hasta la fecha en que se fije el alta
jubilatoria.
- Asesorar
sobre reclutamiento y selección de personal.
- Realizar
la descripción y análisis de cargos.
- Efectuar
el estudio de salarios y compensaciones.
- Proponer
planes de corto, mediano y largo plazo en materia de Capacitación del Personal,
de acuerdo a las políticas definidas al respecto.
- Adoptar
o proponer las medidas necesarias para la ejecución de los planes
aprobados.
- Asesorar
en materia de sistemas de calificación y ascensos.
- Adoptar,
dentro de los límites de su competencia, o proponer cuando exceda de los mismos,
y de acuerdo a las políticas fijadas por la Superioridad, las medidas necesarias
para la realización de concursos para el ingreso o promoción.
- Adoptar
las medidas para la puesta en práctica de los reglamentos de calificación y
ascensos.
- Mantener
una adecuada vinculación con la Oficina Nacional del Servicio Civil, de acuerdo
a los términos del TOFUP (pases en comisión, excedencias, etc.).
- Gestionar
el software necesario, o las modificaciones en el existente, para el
cumplimiento de sus cometidos.
- Realizar
toda otra función vinculada que se le asigne.
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