REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA PROVEER CARGOS EN EL ESCALAFON TÉCNICO PROFESIONAL (Grado 10 nivel 1) PARA INGENIEROS AGRÓNOMOS, ABOGADOS E INGENIEROS AGRIMENSORES
REGLAMENTO DE CONCURSOS PARA PROVEER CARGOS
EN EL ESCALAFON ADMINISTRATIVO (Grado 10 nivel 1)
PARA CASA CENTRAL E
INTERIOR
REGLAMENTO
1 Ámbito de
Aplicación.-
1.1.-
Este Reglamento se aplicará para los llamados a cargos de ingreso en
régimen de contrato de función pública, en el Escalafón Administrativo Grado 10,
nivel 1 que fueran aprobados por la Resolución N° 36 del Acta N° 4897 de fecha
23 de abril de 2008.-
2
Tipo de concursos.-
2.1.- La
provisión de tales cargos se realizará, por concurso de oposición y
méritos, en la forma y condiciones que establece este
Reglamento.
2.2.- Concursos abiertos. Los
concursos referidos en el numeral anterior serán abiertos y públicos y por ende
los postulantes deberán reunir las condiciones y requisitos exigidos por la
Constitución y las leyes para ser funcionario
público.
3 Proceso
de los concursos
3.1.-
Responsabilidades. La
Secretaria Ad- Hoc designada por el Directorio por la Resolución N° 31 del Acta
N° 4846 será la responsable del proceso de los concursos, actuará con
independencia técnica y se comunicará directamente con el Directorio y Gerencia
General para la concreción de sus fines.
3.2.-
Definición del proceso de los
concursos.- Llamado, inscripción, notificación.
3.3.- Inicio del proceso.
El Directorio del INC aprobó el llamado a
concurso por la Resolución N°36 del Acta
N° 4897 de fecha 23 de
abril de 2008.-
3.4.- Información a difundir en el
llamado.
La Secretaría Ad-Hoc dará publicidad al llamado el cual incluirá:
-
Escalafón, grado y nivel salarial del
cargo que se concursa
-
Forma jurídica del
contrato
-
Forma y plazo de
inscripción.
- Indicación de que las bases del concurso se encuentran en el sitio web
del Ente (www.colonizacion.com.uy).
3.5.- Medios de
Publicidad.
El llamado con el contenido anterior, se
publicará, como mínimo, en el Diario Oficial, en un diario de circulación
nacional, en la pagina web del Instituto (www.colonizacion.com.uy) y en un
periódico de circulación local en cada una de las localidades del interior a que
hace referencia el llamado.
3.6.- Plazos
El plazo de la difusión en la página web del
Ente se efectuará con una antelación
mínima de 3 días hábiles previos al inicio del período de inscripción. El llamado permanecerá en la
misma durante todo el lapso del llamado (10 días
hábiles).
Desde la fecha de cierre de la inscripción a
la fecha del concurso o prueba deberán mediar como mínimo 30 días
corridos.
3.7. Incompatibilidades
El desempeño de la función para la cual se
convoca es incompatible con:
-
El ejercicio de actividades simultáneas
en un cargo o función pública remunerada, excepto el de
docente.
-
El goce de una pasividad o retiro de
quien haya sido funcionario público.
-
La condición de haberse acogido a
regímenes de retiro incentivado en la Administración
Pública.
3.8. -
Inscripción
Se
realizará a través de la página web del Ente: www.colonización.com.uy completando
el formulario correspondiente.
Además deberá enviar una versión escaneada
por correo electrónico (
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) o
correo postal (Cerrito 488) de certificado de escolaridad de bachillerato de la
Institución correspondiente.
Al
efectuar la inscripción el postulante recibirá un comprobante de la misma, que
deberá presentar junto a la restante documentación cuando le sea
requerido.
Las
consultas referidas a dificultades que surjan al efectivizar la inscripción en
línea deberán realizarse a través de la casilla de correo habilitada a esos
fines:
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.
El
postulante será responsable de la veracidad de los datos por él ingresados en el
formulario de inscripción, así como del envío en tiempo y forma del certificado
de escolaridad. La inexactitud de la información o la falta de la documentación
solicitada, serán causal de eliminación del proceso de
selección.
3.9.- Preselección
3.9.1. Localidades.
Se preseleccionará, según los mecanismos que a continuación se exponen, postulantes para casa central (Montevideo) y para cada una de las
regionales del interior situadas en las localidades para las que se efectúa el
presente llamado, que son las siguientes: Regional Artigas (localidad Bella Unión), Regional Salto (ciudad de Salto), Regional
Soriano (localidad Rodó), Regional
Tarariras (localidad Tarariras, Dpto. de Colonia), Regional Canelones (localidad
Pando).
3.9.2. Sorteo. Si el
número de inscriptos al presente llamado supera los 200 aspirantes en Montevideo
o los 50 para cada una de las localidades del interior, se podrá realizar una
primera preselección de los mismos
mediante sorteo. El sorteo, de corresponder, se efectuará ante Escribano
Público, según localidades, y quienes ocupen los 200 primeros lugares en el
sorteo para Montevideo o los 50 primeros lugares para cada una de las localidades del interior, continuarán
adelante con las siguientes instancias del concurso.
3.9.2. Segunda Preselección. De los
aspirantes que resulten de los sorteos o de las inscripciones, según se llegue o
no a las cantidades indicadas en el punto 3.9.2. se preseleccionarán 50
postulantes para Montevideo y 10 postulantes
para cada una de las localidades del interior.
Esta segunda preselección se realizará en
base a los datos incluidos en el formulario de inscripción y en el certificado
de esolaridad, para lo que se tomará en cuenta:
-
Promedio de
calificaciones en exámenes de la carrera
de educación media o del bachillerato.
-
Experiencia acreditada en tareas muy similares.
-
Formación en informática
La nómina de postulantes preseleccionados
para Montevideo y para cada una de las regionales del interior será publicada en
la página web del Ente. Será de estricta responsabilidad de los aspirantes
informarse de los resultados.
3.10.- Documentación necesaria para formalizar
la inscripción
Los postulantes preseleccionados de
Montevideo y del interior deberán presentarse en la fecha que se indicará en la
página web del Ente, en la Secretaría de Concursos del INC, Cerrito 488, 1er
piso, en el horario de 13 a 17 hs. con la siguiente
documentación:
-
Comprobante de inscripción
-
Cédula de identidad y fotocopia
-
Credencial cívica y fotocopia
-
Carné de salud vigente
-
Títulos originales y fotocopias
-
Certificados de escolaridad sellados y firmados por
las autoridades que lo emitan.
-
Documentos que acrediten la experiencia laboral
declarada, con especificación del tipo de tareas realizadas, grado de
participación, fecha y duración de los trabajos.
-
Declaración jurada que acredite no ser profesional
universitario.
La
no presentación de la totalidad de la documentación solicitada y/o la
discrepancia entre los datos aportados en el formulario de inscripción y los
certificados que se entreguen, inhabilitarán al candidato a continuar en el
proceso de selección.
4.
Tribunales de concursos
4.1.- Integración. Los tribunales de concursos (TC) para proveer
los cargos comprendidos en este Reglamento estarán integrados como mínimo por 3
(tres) miembros titulares y por 1 (un) miembro suplente, los cuales dispondrán
de reconocida idoneidad acerca de las materias del llamado. Los integrantes del
Tribunal serán designados por el Directorio del INC, debiendo la resolución
correspondiente indicar el miembro que lo
presidirá.
4.2.- Constitución del
Tribunal. La designación del Tribunal de Concurso por parte del Directorio
se considerará notificada en forma ficta
transcurridos 3 (tres) días hábiles a partir de su publicación en la
página web del Ente.
4.3.-
Limitaciones
para la composición del Tribunal. No podrán integrar TC los funcionarios o
personas externas, en su caso, que tengan una relación de parentesco con los
concursantes hasta el 4° grado de consanguinidad o 3° de afinidad. De
constatarse tal situación, el miembro respectivo del TC deberá renunciar y será
sustituido por el suplente o, en su defecto,
por un nuevo integrante que designe el Directorio del INC, el cual debe
reunir los requerimientos para ser miembro del
Tribunal.
4.4.- Convocatoria
del Tribunal y entrega del material.
La Secretaría Ad - Hoc dispondrá de 2 (dos) días hábiles de plazo para convocar al Tribunal designado. Pondrá a sus
miembros en conocimiento del presente
Reglamento y del procedimiento a seguir, brindando la capacitación que
corresponda a todos los integrantes del Tribunal. Le entregará al Presidente del
tribunal, bajo recibo, todo el material presentado por cada
postulante.
4.5.- Funciones del Tribunal. Una vez
integrado el Tribunal, serán tareas propias del mismo las
siguientes:
a) Definir, en un plazo máximo de 5 (cinco)
días hábiles a partir de su convocatoria, prorrogable por una sola vez por 3
(tres) días hábiles, las fechas y lugares de realización de las pruebas que
regirán el concurso, así como la duración de las mismas.
La fecha, duración y lugares de realización
de las pruebas del concurso serán comunicados por la página web del Ente a los
concursantes inscriptos dentro de los 3 (tres) días hábiles
siguientes.
b)
Recibir de la Secretaría Ad-Hoc la documentación de cada uno de los
postulantes.
c)
Efectuar la preselección para cada localidad, evaluando los méritos de
los postulantes y considerando los datos del curriculum vitae estandarizado que
deben completar, así como comprobando la existencia de certificados que avalen
los mismos. A partir de esta evaluación el Tribunal confeccionará un ranking de
postulantes en orden decreciente de puntajes de méritos.
d)
Confeccionar, impartir y evaluar las pruebas indicadas en el presente
Reglamento, efectuando un ranking de postulantes en orden decreciente de puntaje
de las mismas.
e) Llevar a cabo las entrevistas a los
postulantes que hayan superado las etapas anteriores, efectuando un ranking de
postulantes en orden decreciente de puntaje en
entrevista.
f) Sumar los puntajes de las distintas etapas
del concurso y determinar los puntajes finales por postulante y el ranking de
los mismos.
g) Confeccionar el acta de clausura del
concurso con los puntajes de todos los postulantes y la lista en orden de
prelación de aquellos que igualaron o superaron el puntaje mínimo de aprobación
del concurso.
El plazo de que dispone el Tribunal a efectos
de llevar a cabo las tareas referidas desde c) a g) dependerán del número de
postulantes que se presenten al concurso, pudiendo ser como máximo de 15
(quince) días hábiles.
4.6.- Forma de proceder de los TC.
Los miembros de los
TC y funcionarios que intervienen en el proceso del concurso están obligados a
la más estricta reserva y secreto en relación a terceros por las actividades que
realicen. El Tribunal de Concurso trabajará con el sistema de votación,
tomándose las decisiones por mayoría simple.
5 Criterios de evaluación de los distintos componentes del
concurso.
5.1.- Componentes
de los concursos. El componente evaluable en los concursos será la capacidad que se
dividirá en:
·
méritos y
antecedentes
·
pruebas
·
entrevistas
5.2 Criterio
en la asignación de puntaje.
La evaluación de los postulantes se realizará en base al otorgamiento de puntaje
en capacidad sobre una base de 100 puntos como máximo. Los factores citados se
evaluarán, como máximo, con los siguientes puntajes para cada
item:
5.2.1
Méritos y antecedentes 25 25%
Formación básica (escolaridad) 10
Otros
cursos 7
Experiencia
laboral
8
5.2.2 Prueba de oposición
60 60 %
Pruebas prácticas sobre
conocimientos informáticos
30
Pruebas de comprensión
lectora
y redacción 30
5.2.3. Entrevista 15 15 %
Totales de Capacidad
100 100 %
5.3 Carácter
de las pruebas.
Las pruebas serán eliminatorias en su secuencia, debiendo los concursantes
superar el 50 % del puntaje máximo en cada una de ellas para pasar a la etapa
siguiente. El total del puntaje obtenido en todo el concurso para salvar el
mismo será de 60 puntos en 100 posibles (60 %).
5.4 Entrevista.
La entrevista tendrá como finalidad aclarar conceptos expresados en los méritos
del postulante y/o en las pruebas efectuadas, así como valorar aptitudes
personales y de comportamiento necesarias para cumplir con las responsabilidades
inherentes a las funciones a desempeñar.
5.5 Publicación de resultados parciales y
totales y notificación. Se efectuará exclusivamente a través del sitio web
del Ente (www.colonizacion.com.uy), en donde
figurarán la nómina de aspirantes que hayan superado las siguientes
etapas:
- sorteo (si
correspondiere)
-
preselección
- resultados obtenidos en la
evaluación de méritos.
-
resultados obtenidos en la prueba de
informática
-
resultados obtenidos en la prueba de
redacción y comprensión lectora.
-
resultados obtenidos en la entrevista.
Los postulantes que no hayan superado cada
una de las etapas indicadas no serán citados.
La consulta en el citado sitio web será el
mecanismo de notificación de los resultados, siendo responsabilidad de los
postulantes tomar conocimiento de los mismos a través de este medio.
La notificación se considerará efectuada una
vez completados los tres días de publicación en dicho medio por parte del Ente,
El INC solo comunicará formalmente a los
candidatos seleccionados su designación.
La totalidad de los aspirantes que se
inscriben al presente concurso declaran conocer este procedimiento y aceptarlo,
por el sólo hecho de efectuar la inscripción.
6.
Toma de posesión de los nuevos
cargos.
Todos los cargos, deberán asumirse de
inmediato, estableciéndose un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles para que
los funcionarios designados cumplan con los requisitos previos exigidos por
las leyes, para ser funcionarios
públicos.
No se les concederá a los funcionarios
designados pases en comisión, hacia otras instituciones públicas, salvo los
casos preceptivos previstos legalmente.
7.
Vigencia del fallo del
TC
El fallo del Tribunal de Concurso y el orden
de prelación establecido tendrán una validez máxima de dos años a partir de la
entrada en vigencia de la resolución del Directorio del INC aprobando los
mismos. Dicho plazo podrá acortarse en
cumplimiento de la normativa legal vigente sobre incorporación de funcionarios
que rigen para el Instituto.
8.
Destino para los funcionarios
seleccionados
Se destinarán para desempeñar tareas en
Montevideo (Casa Central) siete administrativos y para el Interior seis, los
cuales desempeñarán tareas según la siguiente distribución: uno para la Regional
Artigas (localidad Bella Unión),
uno para la Regional Salto (localidad ciudad de Salto), uno para la Regional
Soriano (localidad Rodó), uno para la Regional Tarariras (localidad Tarariras,
Dpto. de Colonia), dos para la Regional Canelones (localidad
Pando).
Los funcionarios que se integren podrán ser
cambiados temporariamente de localidad o ser trasladados temporariamente de
acuerdo a las necesidades laborales del Instituto, haciéndose cargo éste de los
costos correspondientes, en acuerdo a la normativa interna existente en el
Ente.