Información del llamado
Tomás Berreta fr. 43
Información general
Fecha de apertura:
24/05/2023
Fecha de cierre:
12/06/2023
Ubicación:
Colonia Tomás Berreta
Rubro principal:
Ganadería
Modalidad:
Unidad de producción familiar
Índice de productividad:
150
Monto renta anual aproximado:
283.737 pesos uruguayos
Mejoras existentes en el predio
Electrificación-Molino-Tanque australiano
Bueno
Vivienda secundaria
Bueno
Instalaciones para manejo de ganado
Bueno
Montes de abrigo-Alambrados perimetrales
Regular
Teléfonos de contacto
Regional Soriano INC 4533 6116 - 091377122 - 091607365
Observaciones
Resolución n.º 17 del Acta n.º 5623 de fecha 19 de octubre de 2022:
"2º) Realizar un llamado a interesados en el arrendamiento de la fracción n.º 43 de la Colonia Tomás Berreta, inmueble n.º 464, para la radicación e instalación de una unidad de producción familiar ganadera intensiva, dirigido a productores familiares ganaderos con problemas de tenencia de la tierra y/o áreas de explotación insuficiente, y asalariados rurales con ganado en propiedad, para implementar una sistema intensivo de producción de carne sobre campo natural y áreas mejoradas, priorizándose las postulaciones que reúnan las siguientes condiciones: a) tengan conocimiento y experiencia en producción de carne sobre pasturas sembradas; b) estén integradas por familias jóvenes con menores a cargo, y c) presenten un plan de trabajo que contemple el buen uso y cuidado del suelo con implementación de buenas prácticas agrícolas.
3º) Comunicar a los aspirantes que quienes resulten adjudicatarios deberán cumplir con la normativa referente a la regulación de uso y conservación de suelos y aguas superficiales establecida en el decreto del Poder Ejecutivo n.º 405/008 de 21/08/08."
Difusión
Página web del INC www.colonizacion.com.uy, Radio Rincón de Fray Bentos, Mesa de Desarrollo Rural de Río Negro y Soriano.
Perfil de los aspirantes
Dirigido a productores familiares ganaderos con problemas de tenencia de la tierra y/o áreas de explotación insuficiente, y asalariados rurales con ganado en propiedad, para implementar una sistema intensivo de producción de carne sobre campo natural y áreas mejoradas, priorizándose las postulaciones que reúnan las siguientes condiciones: a) tengan conocimiento y experiencia en producción de carne sobre pasturas sembradas; b) estén integradas por familias jóvenes con menores a cargo, y c) presenten un plan de trabajo que contemple el buen uso y cuidado del suelo con implementación de buenas prácticas agrícolas.
Aspirantes inscriptos
Identificador
Observaciones
2.912.939-4 / 5.389.513-1
Cotitularidad
3.003.367-9 / 4.091.188-1
Titularidad Conjunta
3.167.589-8 / 3.131.128-0
Cotitularidad
3.433.959-8 / 5.133.853-1
Cotitularidad
3.493.407-3 / 4.575.254-3
Titularidad Conjunta
3.506.255-0 / 3.881.184-5
Titularidad Conjunta
3.730.578-4 / 3.749.528-8
Titularidad Conjunta
3.825.856-4 / 6.620.488-8
Titularidad Conjunta
3.830.646-6 / 3.845.903-9
Titularidad Conjunta
3.994.669-3 / 4.610.913-1
Titularidad Conjunta
4.112.934-2 / 4.706.447-3
Titularidad Conjunta
4.121.740-6 / 4.866.424-4
Titularidad Conjunta
4.181.128-8 / 5.290.066-8
Cotitularidad
4.255.815-8 / 5.133.110-7
Titularidad Conjunta
4.314.289-7 / 4.917.405-0
Titularidad Conjunta
4.349.799-5 / 5.506.109-1
Titularidad Conjunta
4.371.463-8 / 5.179.377-5
Cotitularidad
4.416.261-2 / 4.807.859-2
Titularidad Conjunta
4.432.387-8 / 4.432.388-4
Cotitularidad
4.444.585-2 / 4.918.290-8
Titularidad Conjunta
4.466.441-6 / 4.466.442-2
Cotitularidad
4.472.247-4 / 4.833.074-8
Titularidad Conjunta
4.558.329-1 / 4.968.180-7
Titularidad Conjunta
4.772.535-0 / 5.319.430-9
Titularidad Conjunta
4.779.726-8 / 4.774.024-3
Cotitularidad
4.779.947-6 / 5.076.636-3
Titularidad Conjunta
4.508.450-2 / 4.853.841-5
Titularidad Conjunta
Resolución de adjudicación
Por Resolución n.º 22 del Acta n.º 5681 de fecha 27 de diciembre de 2023, el Directorio Resuelve:
"1º) Adjudicar en arrendamiento la fracción n.º 43 de la Colonia Tomás Berreta, inmueble n.º 464, al señor Germán Antonio Cornu Fans, titular de la cédula de identidad n.º 4.595.879-5, quien -en su condición de colono- deberá cumplir con las obligaciones que les impone la ley n.º 11.029 y sus modificativas."