Información del llamado
Pbtro. Juan M. Laguna fr. 2A
Información general
Fecha de apertura:
12/09/2022
Fecha de cierre:
27/09/2022
Colonia:
Pbtro. Juan M. Laguna
Ubicación:
Se ingresa por camino vecinal ubicado a la altura de ruta N.º 64 km 51,500
Modalidad:
Unidad de producción grupal
Índice de productividad:
193
Monto renta anual aproximado:
63.500 pesos uruguayos
Mejoras existentes en el predio
Pozo semisurgente de 4,2 m/h
Bueno
Instalación eléctrica a pozo
Bueno
Tajamar (cañada profundizada)
Regular
Teléfonos de contacto
Regional Canelones INC 4399 3937 - 091638679
Calle María Vera esq.: Miguel González, San Jacinto.
Se debe concurrir previa agenda con los dos formularios (completados) para inscripción de grupos vigentes en la página web del INC: https://www.colonizacion.com.uy/requisitos-para-inscripcion-grupal
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Observaciones
Resolución de Directorio n.º 12 del Acta n.º 5610 de fecha 27 de julio de 2022:
"Realizar un llamado en el marco del Plan Nacional de Género en las Políticas Agropecuarias, para grupos de mujeres interesadas en el arrendamiento en carácter asociativo, de la fracción 2A de la Colonia Presbítero Juan M. Laguna, inmueble nº 517, para desarrollar propuestas productivas de carácter intensivo."
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Difusión
Prensa radial y Nacional de la zona. Página web del INC www.colonizacion.com.uy
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Perfil de los aspirantes
Dirigido a grupos de mujeres interesadas en el arrendamiento en carácter asociativo.
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Aspirantes inscriptos
Identificador
Observaciones
4.388.742-3
En titularidad conjunta con 3.727.316-1
Resolución de adjudicación
Por resolución nº 16 del Acta 5640 de fecha 8 de marzo de 2023 Directorio resuelve:
1º) Adjudicar en arrendamiento la fracción n.º 2A de la Colonia Presbítero Juan M. Laguna, inmueble nº 517, al Grupo entre Ovejas y Cabras (ficha de solicitante de tierra nº 5028/22), conformada por las señoras Rosana Pérez Machín, titular de la cédula de identidad n.º 3.961.247-6; Gloria Cecilia Mahecha Alvarez, titular de la cédula de identidad n.º 6.402.562-2 y Jacqueline Analí Cachi de los Santos, titular de la cédula de identidad n.º 4.341.317-7, quienes -en su condición de colonas- deberán cumplir con las obligaciones que les impone la Ley nº 11.029 y sus modificativas.
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Documentos
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