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Cambio de titularidad

¿Qué es?

El cambio de titularidad es un trámite por el que se transfiere el contrato de arrendamiento a un familiar. Se puede hacer a pedido del colono o por sucesión, en caso de fallecimiento.

¿Qué se necesita para realizarlo a pedido del colono?

La transferencia se realiza entre familiares directos, padres e hijos o entre cónyuges. El colono debe iniciar el trámite en la oficina regional que corresponda y presentar al postulante.El titular que transfiere no debe tener incumplimientos a las normas que rigen a los colonos.

El postulante está obligado a reunir las condiciones de colono, que dicta la ley n.° 11 029 y sus modificativas, exigidas por el INC. En caso de que el postulante no cumpla con las condiciones establecidas anteriormente no será aceptado el cambio de titularidad.

¿Qué se necesita para realizarlo por sucesión?

En los casos de fallecimiento del titular, la transferencia debe ser solicitada por la sucesión. En la oficina regional que corresponda, se debe presentar la partida de defunción y la declaratoria de herederos o un documento notarial con los presuntos herederos.

¿De quién depende?

Del Instituto Nacional de Colonización

¿Dónde y cuándo se realiza el trámite?

Se realiza ante la oficina regional del INC más cercana dentro del horario de 09:30 a 15:30 hs. de lunes a viernes.