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Requisitos para la inscripción unidades de producción familiar: titularidad conjunta o individual

El INC procura el aumento y la mejora de la producción agropecuaria y la radicación y el bienestar del trabajador rural, en este marco el acceso a la tierra puede realizarse en titularidad conjunta o individual.

¿Por qué el INC prioriza la inscripción en titularidad conjunta?

El nombramiento de ambos cónyuges o concubinos como titulares de arrendamiento de la tierra del INC, según lo explica ley
n.º 19.781
promulgada en 2019 y que modifica la ley 11.029 de 1948, será prioritario para: 

-Promover el empoderamiento de las mujeres y su autonomía económica.

-Reconocer el aporte que realizan las mujeres en los proyectos productivos.

-Garantizar la igualdad de derechos y la no discriminación en base al género entre mujeres y varones, comprendiendo la igualdad formal, sustantiva y de reconocimiento (dando cumplimiento a la ley n.º 19.846).

-Fortalecer la autonomía económica de las mujeres, a través del acceso, uso y control de la tierra y a otros bienes de capital, a recursos productivos, financieros y a asistencia técnica, mediante la promoción de mecanismos que garanticen la participación igualitaria de las mujeres en las actividades económicas (dando cumplimiento a la ley n.º 19.846).

-Fortalecer y garantizar igualdad de derechos entre hombres y mujeres.

-Dar respuesta a una de las principales reivindicaciones históricas en los ámbitos de participación vinculadas a la producción familiar y de las organizaciones sociales que representan a las mujeres del medio rural.

¿Cuándo debo inscribirme en titularidad conjunta?

La ley n.º 19.781 establece que cuando los integrantes de la pareja constituida en uniones de hecho, civiles o matrimoniales tengan:

-perfil colono

-ambos dediquen la mayor parte de su tiempo de trabajo

     -al hogar

     -a la explotación productiva directa

-la principal fuente de ingresos de la pareja provenga de la explotación productiva directa

¿Qué documentación se debe presentar para inscribirse?

Es requisito para la inscripción ser mayor de 18 y menor de 70 años y contar con conocimientos y aptitudes suficientes para el desarrollo de la actividad agropecuaria.

Tanto para la inscripción individual como en titularidad conjunta, será necesario presentarse personalmente con la siguiente documentación:

   -Cédula de identidad y fotocopia de quienes se inscriben

   -Credencial cívica y fotocopia de quienes se inscriben

   -Fotocopia de las cédulas de identidad de todos los integrantes del núcleo familiar

   -Fotocopia de las últimas declaraciones juradas de DICOSE (si corresponde)

   -Constancia de inscripción en el Registro de Productores Familiares de la Dirección General de Desarrollo Rural del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (no excluyente)

   -Plan de trabajo para la explotación predial de la fracción a la que desean acceder