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Sustitución de garantías

¿Qué es?

Es reemplazar las garantías presentadas en el momento de la toma de posesión de la fracción por mejoras incorporadas al predio u otras opciones contempladas en el régimen de garantía aprobado.

Podrá aceptarse como garantía: 1) fiador solidario que se constituirá en garante del pago de todas y cada una de las obligaciones que contraiga el colono con el Ente, debe presentar para su aceptación en la regional correspondiente el estado de responsabilidad patrimonial acreditado debidamente; 2) depósito en efectivo que cubra los montos exigidos; 3) prenda de ganado (se tomará como garantía el 60% del valor de tasación, un escribano particular debe presentar una propuesta de prenda según modelo); 4) hipoteca de bienes inmuebles a favor del Ente (se tomará como garantía el 80% del valor de tasación, un escribano particular debe presentar una propuesta de hipoteca según modelo); 5) la combinación de las opciones señaladas precedentemente.

¿De quién depende?

Del Instituto Nacional de Colonización

¿Dónde y cuándo se realiza el trámite?

Se realiza ante la oficina regional del INC más cercana dentro del horario de 09:30 a 15:30 hs. de lunes a viernes.

¿Qué se necesita para realizarlo?

La cédula de identidad y la documentación correspondiente dependiendo la garantía seleccionada.