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Las familias colonas en tierras del INC

Existe la definición legal de dar especial prioridad, para el ingreso a las tierras en arrendamiento, a las familias integradas por personas jóvenes y con niños en edad escolar así como a los pequeños productores organizados, que trabajen en grupo, que ya estén realizando explotaciones asociativas de la tierra, que exploten áreas insuficientes y/o con tenencias precarias (Art. 13 de la ley n.° 18 187, 2007).

Las familias colonas en tierras del INC acceden a fracciones a través de llamados abiertos. Ambos cónyuges o concubinos firman un contrato de arrendamiento con el INC, como cotitulares de una fracción, en la que se comprometen a trabajar y residir juntos a su familia.

Asimismo, los grupos que acceden a tierras del INC están formados por personas que trabajan en la producción familiar o como asalariadas en establecimiento rurales que buscan mejorar su situación socio económica y productiva, y la de sus familias, a través del trabajo colectivo.

Trabajar en grupo implica un compromiso social y económico, participar de las tareas y tomar decisiones en beneficio del grupo. Para ingresar a una fracción del INC, entre otros requisitos, los grupos deberán presentar un Plan de Trabajo.

Los grupos adjudicatarios de tierras del INC deberán contar con asistencia técnica y al finalizar el periodo de disfrute precario (2 años de la firma del contrato), los grupos deberán obtener una personería jurídica.

Testimonios de familias colonas en tierras del INC